Recursos legales contra la DGI en Nicaragua

Recursos legales contra la DGI en Nicaragua: defienda sus derechos tributarios

En Nicaragua, el Código Tributario reconoce el derecho de defensa del contribuyente y dispone que “todos los actos y resoluciones de la DGI… que de alguna manera afecten los derechos de los contribuyentes, son impugnables”. Esto significa que cualquier actuación de la Dirección General de Ingresos que vulnere garantías procesales (por ejemplo, falta de notificación o aplicación arbitraria de sanciones) puede combatirse legalmente. De hecho, el sistema tributario nicaragüense provee recursos administrativos escalonados para impugnar estos actos. Nuestra firma legal, especializada en asesoría tributaria, ofrece servicios legales integrales para acompañar a los contribuyentes en la defensa de sus derechos fiscales.

Recursos administrativos ante la DGI

El contribuyente cuenta con tres recursos administrativos clave para impugnar actos de la DGI, debiéndose interponer en el siguiente orden: Recurso de Reposición, Recurso de Revisión y Recurso de Apelación. Al interponer cualquiera de estos recursos se genera efecto suspensivo: la ejecución de la resolución impugnada queda en pausa hasta que exista una decisión definitiva. A continuación se resumen las características principales de cada recurso:

  • Recurso de Reposición: Primera instancia de impugnación, planteada por escrito ante la misma autoridad de la DGI que dictó la resolución cuestionada. Debe interponerse en los 8 días hábiles siguientes a la notificación del acto impugnado. La DGI dispone entonces de 30 días hábiles para resolverlo (si no lo hace, opera el silencio administrativo positivo a favor del contribuyente). Mientras se tramita este recurso, su presentación suspende la ejecución del acto tributario impugnado.

  • Recurso de Revisión: Segunda instancia administrativa, que se presenta ante el Director General de Ingresos cuando la reposición fue desestimada total o parcialmente. Se interpone en un plazo de 10 días hábiles tras la notificación de la resolución de reposición. El Director General tiene 45 días hábiles para resolver este recurso (igualmente operando el silencio administrativo positivo si no emite respuesta). El efecto suspensivo se mantiene también en esta etapa, impidiendo cobros o ejecuciones coactivas mientras se resuelve.

  • Recurso de Apelación: Última instancia administrativa. Se presenta ante la propia DGI (en un escrito dirigido al Tribunal Aduanero y Tributario Administrativo) dentro de los 15 días hábiles siguientes a la notificación de la resolución de revisión. La DGI remite el expediente al Tribunal en un plazo establecido; dicho Tribunal admite las pruebas y tiene 90 días hábiles para emitir resolución definitiva. La apelación mantiene el efecto suspensivo del acto impugnado, y si el Tribunal no decide en plazo aplica también el silencio administrativo positivo a favor del contribuyente.

Recursos judiciales y acciones adicionales

Agotada la vía administrativa, el contribuyente puede acudir a la vía judicial. En Nicaragua, la resolución dictada por el Tribunal Aduanero y Tributario Administrativo agota la vía administrativa y permite al contribuyente recurrir ante las instancias del Poder Judicial. Por ello, tras un fallo final administrativo el contribuyente puede presentar un recurso de amparo constitucional (ante la Sala de lo Constitucional) para proteger sus derechos fundamentales supuestamente violados, o interponer una demanda contencioso-administrativa ante la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Corte Suprema para revisar los actos definitivos de la DGI. Ambos mecanismos son vías para garantizar la protección de los derechos tributarios cuando los recursos administrativos han concluido.

En resumen, el ordenamiento tributario nicaragüense brinda herramientas claras para defender al contribuyente de actos arbitrarios de la DGI. Cada recurso – reposición, revisión y apelación – debe interponerse dentro de plazos breves que exigen diligencia. Conocer y ejercer oportunamente estos recursos permite a los contribuyentes defender sus derechos dentro del ámbito administrativo tributario antes de recurrir, si fuese necesario, a la vía judicial. Como firma legal con amplia experiencia en asesoría legal tributaria, estamos preparados para brindar asesoría legal integral y servicios legales de defensa al contribuyente. Nuestro equipo puede guiarlo en la interposición correcta de estos recursos, asegurando que sus derechos fiscales sean respetados frente a la DGI.

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