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Divorcio y Liquidación de Sociedad Conyugal en Nicaragua

Trámites Civiles y División de Bienes

El divorcio es un proceso legal que marca el fin de un matrimonio, y conlleva también la liquidación de la sociedad conyugal (es decir, la división de los bienes acumulados durante el matrimonio). Entender cómo funciona el divorcio en Nicaragua y cómo se reparten los bienes es fundamental para afrontar este momento con claridad y proteger tus derechos.

NOTA: Esta publicación no debe interpretarce como asesoría.  Para una debida asesoría sobre este tipo de servicio puede comunicarse con nosotros. 

¿Qué es el divorcio y qué implica legalmente en Nicaragua?

El divorcio es el acto legal que disuelve el vínculo matrimonial entre dos personas. En Nicaragua, el matrimonio puede disolverse por varias vías: por nulidad declarada judicialmente, por mutuo consentimiento de ambos cónyuges, por la voluntad de uno solo de ellos (divorcio unilateral), por el fallecimiento de un cónyuge o mediante un divorcio ante notario público. En la práctica, esto significa que ya no existirá la relación matrimonial a nivel legal una vez completado el proceso. Cada cónyuge recupera su estado civil de soltero y cesan los derechos y deberes conyugales (como la cohabitación, fidelidad, asistencia, etc.).

Un aspecto importante del divorcio en Nicaragua es que no se requiere alegar una causa específica o culpa para solicitarlo. La ley permite que cualquiera de los esposos pueda pedir el divorcio por su sola voluntad, sin tener que explicar los motivos. Esta modalidad se conoce como divorcio incausado o divorcio unilateral. Por supuesto, deberán resolverse asuntos relacionados como la custodia de los hijos, pensiones alimenticias y la división de bienes, pero la decisión de terminar el matrimonio no depende de la aprobación ni de la “culpa” del otro cónyuge. En otras palabras, si uno desea divorciarse, el proceso legal seguirá adelante aunque el otro no esté de acuerdo.

Legalmente, al concluir el divorcio se emite una sentencia de disolución matrimonial (en caso de proceso judicial) o una escritura pública de divorcio (en caso de divorcio ante notario). Este documento debe inscribirse en el Registro del Estado Civil de las Personas, anotándose al margen del acta de matrimonio original, para que el divorcio tenga plenos efectos legales. Una vez inscrito, sirve como prueba oficial de que el matrimonio terminó. Esto es importante, por ejemplo, para poder volver a casarse civilmente en el futuro o para actualizar documentos de identidad y estados civiles.

¿Qué es la sociedad conyugal y cuándo se liquida?

La sociedad conyugal se refiere al régimen económico matrimonial en el cual los bienes y deudas adquiridos durante el matrimonio son considerados propiedad de ambos cónyuges (también se le llama comunidad de bienes o sociedad de gananciales). En Nicaragua, existen distintos regímenes económicos matrimoniales reconocidos por el Código de Familia. Los esposos pueden pactar, mediante capitulaciones matrimoniales, si su matrimonio se regirá por separación de bienes, participación en las ganancias, o comunidad de bienes.

  • En el régimen de separación de bienes, cada cónyuge es dueño exclusivo de los bienes que adquiere a su nombre y por su cuenta, sin que el otro tenga derecho sobre esos bienes.

  • En cambio, bajo un régimen de comunidad de bienes (sociedad conyugal), todos los bienes adquiridos durante el matrimonio se consideran comunes y pertenecen a ambos cónyuges en partes iguales. Esto usualmente incluye salarios, propiedades compradas, vehículos, ahorros, etc., obtenidos mientras duró el matrimonio. Las ganancias o beneficios obtenidos por cualquiera de los cónyuges les corresponden por mitad a ambos, salvo que hayan acordado algo diferente.

Dicho esto, liquidar la sociedad conyugal significa hacer el inventario y valoración de todos los bienes y deudas del matrimonio para luego dividirlos según corresponda por ley o según lo acordado. La liquidación ocurre típicamente al disolverse el matrimonio, es decir, en el momento del divorcio (o también por nulidad o muerte de un cónyuge). Una vez que el juez dicta la sentencia de divorcio o el notario autoriza la escritura de divorcio, se procede a repartir el patrimonio común. En algunos casos, la liquidación puede tramitarse por separado o después de la sentencia de divorcio, pero lo más común es resolverlo como parte del proceso de divorcio civil o mediante un convenio entre las partes.

También es importante saber que la sociedad conyugal solo abarca los bienes y deudas obtenidos durante el matrimonio, no los bienes anteriores de cada cual ni las herencias o donaciones recibidas individualmente. Por ejemplo, si antes de casarse uno de los cónyuges ya era propietario de una casa o un terreno, ese bien se considera propiedad propia y no entra en la división conyugal. Igualmente, una herencia recibida por uno de los esposos durante el matrimonio permanecerá como bien privativo de esa persona. La liquidación se enfoca entonces en el patrimonio acumulado en conjunto desde el momento de la boda hasta la separación.

Trámites civiles para el divorcio en Nicaragua: tipos, pasos e instituciones

El proceso de divorcio civil en Nicaragua puede llevarse a cabo de dos maneras principales, dependiendo de la situación de la pareja: mediante divorcio por mutuo acuerdo o mediante divorcio unilateral (por la voluntad de una sola parte).

Tipos de divorcio: mutuo consentimiento vs. unilateral

  • Divorcio por mutuo consentimiento: Ocurre cuando ambos cónyuges están de acuerdo en poner fin al matrimonio. En Nicaragua se le conoce popularmente como “divorcio exprés” cuando se realiza ante un notario, debido a que suele ser más rápido que el proceso judicial. Este método es posible solo si la pareja no tiene hijos menores de edad en común (ni otros dependientes legales) y generalmente cuando ya han acordado cómo manejar temas como la división de bienes y posibles pensiones. El trámite se hace ante un Notario Público autorizado, quien eleva a escritura pública el convenio de divorcio firmado por ambos cónyuges. En dicho convenio se detalla la voluntad de divorciarse, arreglos sobre bienes, deudas y cualquier pensión compensatoria entre cónyuges, entre otros puntos. Una vez firmada la escritura de divorcio por mutuo acuerdo, el notario la remite al Registro Civil para su inscripción oficial, finalizando así el proceso de disolución matrimonial.

  • Divorcio unilateral (por voluntad de una parte): Aplica cuando solo uno de los cónyuges desea divorciarse, ya sea porque no hay acuerdo mutuo o porque el otro cónyuge está ausente o no coopera. Este tipo de divorcio se tramita ante los Juzgados de Familia por la vía judicial ordinaria. Basta la voluntad de uno para solicitarlo, sin necesidad de expresar razones ni culpar a nadie. El cónyuge interesado presenta una demanda de divorcio y el juez llevará el caso aunque la otra parte no quiera divorciarse. Si existen hijos menores de edad, el divorcio unilateral siempre será ante un juez, ya que es necesario resolver asuntos de patria potestad, guarda, régimen de visitas y pensión alimenticia bajo supervisión judicial. Incluso en divorcios unilaterales sin hijos, el trámite es judicial (aunque en estos casos suele ser más sencillo, pues el juez puede dictar la disolución rápidamente al no haber menores ni bienes que repartir).

Pasos generales del proceso de divorcio civil

Aunque cada caso puede tener particularidades, estos son los pasos generales para divorciarse civilmente en Nicaragua:

  1. Asesoramiento y decisión inicial: Lo primero es informarse y definir el tipo de divorcio que corresponde a tu situación. Si ambos están de acuerdo y no hay niños menores involucrados, pueden optar por un divorcio notarial de mutuo acuerdo (exprés). Si hay desacuerdo, paradero desconocido del cónyuge, o existen hijos menores, entonces deberá iniciarse un proceso judicial ante un juez de familia. En esta etapa es muy recomendable buscar orientación legal para determinar la vía adecuada.

  2. Presentación de la solicitud o demanda de divorcio: Se elabora un escrito de solicitud de divorcio. En caso de divorcio unilateral, uno de los cónyuges (el demandante) presenta una demanda ante el juez competente manifestando claramente su voluntad de disolver el matrimonio. Por ley, esa solicitud debe incluir propuestas sobre cuestiones claves: por ejemplo, quién tendrá la guarda de los hijos menores, el monto de las pensiones alimenticias para hijos y cónyuge que las necesiten, la forma de garantizar esos pagos, y la distribución de los bienes comunes del matrimonio. Junto con la demanda, se adjuntan documentos importantes: certificado de matrimonio, copias de cédulas de identidad, certificados de nacimiento de los hijos, un inventario o lista de los bienes adquiridos durante el matrimonio, y si no hay bienes, una certificación negativa del Registro correspondiente. En caso de divorcio por mutuo consentimiento, en lugar de una demanda contenciosa se elabora un convenio de divorcio firmado por ambos cónyuges, el cual se presentará al notario o al juez (según corresponda) para su aprobación.

  3. Notificación a la otra parte y espera de respuesta: Si el divorcio es judicial, el tribunal notificará al otro cónyuge (la parte demandada) entregándole copia de la solicitud de divorcio. Desde la notificación, el cónyuge demandado tiene 5 días hábiles para responder a la solicitud. En su respuesta puede aceptar los términos propuestos (por ejemplo, estar de acuerdo con la custodia, pensión y repartición de bienes sugerida) o bien oponerse en alguna medida. Es importante destacar que, según la ley, la oposición del otro cónyuge no detiene el proceso ni impide el divorcio, ya que la voluntad de quien pide la disolución es suficiente para que proceda. No obstante, si hay desacuerdo, el juez deberá resolver los puntos en conflicto (custodia, pensión, bienes) en el juicio. Si el demandado no responde en el plazo, el proceso continúa en su ausencia. En casos de cónyuge en paradero desconocido, el juez ordenará notificar por edictos publicados en periódico y podrá involucrar a la Procuraduría de Familia para proteger los intereses de los hijos menores, si los hubiera. En el divorcio notarial de mutuo acuerdo, como ambos firman el convenio conjuntamente, no hay que emplazar a la otra parte; el trámite se reduce a la comparecencia de ambos ante el notario para firmar la escritura.

  4. Resolución (sentencia o escritura) y liquidación de la sociedad conyugal: Cumplidos los pasos previos, se llega a la etapa de definición del divorcio. En un proceso judicial, el Juez de Familia emite una sentencia declarando disuelto el vínculo matrimonial. Si los cónyuges estaban de acuerdo en todo (por ejemplo, en divorcio unilateral donde el otro aceptó los términos, o divorcio judicial por mutuo acuerdo con hijos menores), el juez puede dictar la sentencia muy rápido, incluso en cuestión de 5 días después de la respuesta del demandado, porque no hay puntos en disputa. Si había desacuerdos, se realizarán audiencias y el juez decidirá sobre custodias, pensiones y división de bienes de forma equitativa y conforme a la ley. En el divorcio por mutuo consentimiento ante notario, en esta fase el Notario Público extiende la escritura pública de divorcio incorporando el acuerdo firmado por la pareja y declarando disuelto el matrimonio. Tanto la sentencia judicial como el acta notarial deben detallar, o ir acompañadas de, la liquidación de los bienes comunes del matrimonio. Es decir, se determina qué bienes le corresponden a cada cónyuge y cómo se saldan las deudas comunes, ya sea según lo que las partes acordaron en un convenio o según lo que el juez resuelva tras analizar pruebas. (Más abajo explicamos con detalle cómo se lleva a cabo la división de bienes.)

  5. Inscripción del divorcio en el Registro Civil: Una vez que se tiene la sentencia firme o la escritura notarial, es obligatorio registrar el divorcio ante las autoridades civiles. En Nicaragua, toda sentencia de disolución matrimonial (o escritura de divorcio) debe inscribirse en el Registro del Estado Civil de las Personas donde fue inscrito el matrimonio, anotándose al margen de la partida matrimonial original. Este trámite usualmente se realiza presentando una copia certificada de la sentencia o escritura ante la Oficina de Registro Civil de la alcaldía municipal correspondiente. Al inscribirlo, se obtiene un certificado de divorcio emitido por el Registro Civil o por el Consejo Supremo Electoral (que administra los registros civiles), el cual sirve para todos los efectos legales (por ejemplo, cambiar el estado civil en la cédula de identidad, constancia para volver a contraer matrimonio civil, etc.). Sin la inscripción, el divorcio podría no oponerse a terceros, por lo que es un paso crucial. Por fortuna, es un trámite administrativo sencillo una vez que se tiene la resolución; suele implicar el pago de aranceles modestos (en Managua, por ejemplo, alrededor de C$60 córdobas en timbres según las tasas oficiales).

Nota: En casos de divorcio contencioso con temas complejos (por ejemplo, disputas intensas por propiedades, custodia de niños, etc.), el proceso puede prolongarse varios meses e incluso más de un año. Sin embargo, en situaciones simples sin hijos ni bienes en común, el divorcio puede salir de forma expedita. La ley prevé que si el juez comprueba que no hay hijos menores ni bienes que repartir, declarará disuelto el vínculo matrimonial en un plazo de cinco días de conocida la solicitud, lo que significa que divorcios muy sencillos pueden resolverse en cuestión de semanas. Cada caso varía, pero tener toda la documentación en orden y, de ser posible, acuerdos previos entre la pareja, acelera considerablemente el trámite.

¿Cómo se realiza la división de bienes en el divorcio?

Una parte central del divorcio es la división del patrimonio conyugal, es decir, decidir quién se queda con qué bienes y quién asume cuáles deudas. Este proceso de partición de bienes depende en parte del régimen económico matrimonial que haya tenido la pareja (separación de bienes, sociedad conyugal, etc., explicado arriba) y de si los cónyuges logran un acuerdo o no.

Inventario y avalúo: Para empezar, se elabora un inventario completo de los bienes y deudas adquiridos durante el matrimonio. Esto incluye propiedades (casas, terrenos), vehículos, cuentas bancarias, negocios, muebles y electrodomésticos, y cualquier otro activo significativo, así como las deudas pendientes (préstamos bancarios, hipotecas, deudas de tarjeta de crédito, etc.) contraídas en el transcurso de la vida matrimonial. En la demanda o convenio de divorcio ya se pide a las partes que especifiquen los bienes comunes que existen, justamente para facilitar su posterior liquidación. Si no hubiera bienes en común, se acompaña una certificación negativa del registro indicando tal situación. Con el listado de bienes, las partes (o el juez) podrán proceder a asignarlos.

Acuerdo amistoso vs. decisión judicial: La forma más sencilla de dividir los bienes es mediante un acuerdo amistoso entre los cónyuges. Si ambos logran pactar “quién se queda qué”, pueden plasmarlo en el convenio de divorcio (en divorcios de mutuo consentimiento) o presentarlo al juez para su aprobación. Los acuerdos suelen considerar las preferencias y necesidades de cada uno; por ejemplo, tal vez ambos deciden que la esposa continúe con la casa familiar y el esposo reciba a cambio un vehículo y una compensación económica para equilibrar el reparto. Cuando hay mutuo acuerdo, el juez o notario generalmente respetará lo convenido, siempre y cuando no perjudique derechos de terceros (por ejemplo, que no se repartan bienes ocultando deudas) y esté dentro de la legalidad.

Si no hay acuerdo sobre los bienes, entonces será el juez quien determine la división en la sentencia de divorcio. El juez aplicará las normas legales correspondientes: por ejemplo, si el matrimonio estaba bajo una sociedad de gananciales o comunidad de bienes, asumirá que los bienes adquiridos durante el matrimonio pertenecen a ambos por igual y buscará una división equitativa al 50/50. Esto podría implicar que cada cónyuge se quede con ciertos bienes de valor equivalente, o que se vendan algunos bienes y se reparta el dinero por mitad. Por otro lado, si regía la separación de bienes, en principio cada quien conserva los bienes que estén a su nombre. Sin embargo, incluso bajo separación de bienes, puede haber activos comprados en conjunto (por ejemplo, ambos figuran como propietarios de una casa) o contribuciones económicas de un cónyuge a bienes del otro; en esos casos, el juez evaluará las pruebas y podría reconocer derechos compensatorios o una repartición proporcional. En definitiva, la división judicial busca ser justa: se toma en cuenta la aportación de cada cónyuge, las necesidades familiares y lo establecido por la ley.

¿Qué pasa con las deudas y con los bienes adquiridos antes del matrimonio?

Al liquidar el patrimonio conyugal no solo se reparten los activos, también las deudas deben adjudicarse. Las obligaciones financieras contraídas durante el matrimonio para beneficio de la familia (por ejemplo, un préstamo bancario para comprar muebles del hogar, una hipoteca de la vivienda familiar, deudas médicas de los hijos, etc.) generalmente se consideran deuda conjunta de la sociedad conyugal. Esto significa que ambos cónyuges son responsables de ellas y, al divorciarse, deben acordar cómo se pagarán o quién las asumirá. En la práctica, pueden darse varias situaciones: podrían decidir vender algún bien común para pagar la deuda y luego repartir el remanente, o uno de los cónyuges puede quedarse con un bien gravado (como una casa hipotecada) y comprometerse a seguir pagando el préstamo pendiente. Lo importante es que no se ignoren las deudas en la liquidación; dejar por escrito la asignación de cada deuda evita futuros conflictos (e incluso demandas de acreedores). Si los esposos no logran acuerdo, el juez igualmente determinará la distribución de las cargas, buscando que cada parte asuma una porción equitativa de las deudas, acorde a su capacidad económica y a los bienes que recibe.

En cuanto a los bienes adquiridos antes del matrimonio, no forman parte del patrimonio común a dividir. Cada cónyuge mantendrá la propiedad de aquellos bienes que ya poseía desde soltero. Por ejemplo, si la esposa era dueña de un vehículo antes de casarse, ese vehículo continúa siendo exclusivamente de ella y no entra en el reparto. Del mismo modo, las herencias o donaciones que cualquiera reciba de forma personal (sea antes o durante el matrimonio) son bienes propios que no se comparten. Un ejemplo típico: si durante el matrimonio el esposo recibió en herencia un terreno de un familiar, ese terreno sigue siendo solo de él y no se divide con la cónyuge en caso de divorcio. Esto puede tranquilizar a quienes temen “perder” patrimonio familiar o personal; la ley protege esos bienes privados. Sin embargo, hay que tener clara la diferenciación: solo lo previo o recibido a título gratuito (regalo, herencia) es excluido. Todo lo que se compró o ganó durante el matrimonio mediante esfuerzo remunerado entra en la canasta común (salvo pacto de separación de bienes).

Conclusión: Obtén ayuda legal y avanza con confianza

El divorcio y la liquidación de la sociedad conyugal son procesos legales delicados, pero con la orientación correcta pueden llevarse a cabo de forma ordenada y justa. Es normal sentirse abrumado ante los trámites legales, la división de patrimonio y las decisiones familiares que hay que tomar.

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